El derecho a la defensa es un principio consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los artículos 14 y 17. Así todo acto definitivo que cause agravio a los intereses de los particulares en cualquier rama del derecho debe ser impugnable. Por lo tanto, las leyes respectivas deben contener medios de defensa.
En materia fiscal ese principio de defensa se encuentra colmado con los diversos medios de defensa que el particular tiene a su alcance para poder impugnar los actos y resoluciones de las autoridades fiscales y que se encuentran contenidos en las leyes fiscales respectivas los cuales deben agotarse en los plazos y términos legales establecidos.
A saber, tenemos: Recurso de revocación, Recurso de inconformidad, Juicio de nulidad y Juicio de amparo.
Aunque si bien es cierto, que corresponde a los particulares conducirse con probidad y honestidad en la autodeterminación de sus obligaciones fiscales a su cargo, también se debe tener presente que las autoridades están facultades para revisar y comprobar que los contribuyentes, han cumplido con las disposiciones fiscales y aduaneras y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, así como para comprobar la comisión de delitos fiscales.
Por lo anterior, cuando los particulares son sujetos de actos de fiscalización por parte de las autoridades fiscales, sin lugar a dudas que van a ser objeto de fincamiento de créditos fiscal a su cargo– contribuciones, actualizaciones, recargos y multas que van aumentar considerablemente el monto del crédito fiscal determinado.
Independientemente de que, si debemos o no el impuesto determinado, también es cierto que, si los actos de la autoridad no se ajustaron a los procedimientos establecidos en la ley, entonces la determinación de las contribuciones será ilegal.
Por esto es importante, tener presente estos escenarios y preguntarse antes de tomar la decisión de pagar las contribuciones determinadas. ¿Estamos dispuestos a pagar contribuciones que deriva de actos y resoluciones ilegales o instauramos los medios de defensa para dejar sin efectos los créditos determinados?
En Prow Global instauramos las estrategias para promover los recursos administrativos y jurisdiccionales necesarios para defenderlo de las arbitrariedades que pudieran cometer las autoridades a efectos de hacer nulas las sanciones, o créditos fiscales que finquen en contra de su patrimonio o ¿prefiere pagarlas?
Usted decide ¡
Ricardo de la Cruz Hernández
Socio Tabasco
