UN NUEVO REQUISITO SE HA AGREGADO AL CFDI QUE AMPARE LA COMPRA DE COMBUSTIBLES ¿DETECTAR HUACHICOLEROS?

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Como parte de la reforma fiscal  2026 se agregó un nuevo requisito a los CFDIS que emitan  aquellos contribuyentes que  distribuyan o enajenen hidrocarburos o petrolíferos, dicho requisito es el número de permiso vigente concedido por la Comisión Nacional de Energía.

Por lo que las adecuaciones necesarias para implementarlos empezaron a darse y por ello lanza dentro de los mensajes para difundir ello el Gobierno Federal señala lo siguiente;

 

Como parte de las acciones que el gobierno de la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo lleva a cabo para dar certeza y seguridad a la población sobre la comercialización y trazabilidad de los combustibles, el próximo 24 de abril de 2026 entrará en vigor el “Complemento Concepto para la facturación de Hidrocarburos y Petrolíferos”, como parte del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

 

Este nuevo mecanismo fue creado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en coordinación con la Secretaría de Energía (SENER), la Comisión Nacional de Energía (CNE) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), y forma parte de la estrategia conjunta para combatir la corrupción, el robo y el contrabando técnico de combustibles.

 

https://www.cne.gob.mx/Permisos/

 

Seguramente han de recordar que parte de los primeros “golpes” que se hicieron por los gobiernos de la 4T transformación son los relativos al combate al “huachicoleo” y que al día de hoy se sigue “tratando” de combatir, aunado a los diversos escándalos de corrupción que señalan a altos niveles del gobierno actual, así que se suma un control más apoyado con el CFDI.

 

Es así que a partir del 24 de abril del 2026, al haber pasado varias estaciones de servicios no pudieron emitir comprobantes fiscales, ya sea por no adecuar a tiempo sus sistemas de facturación, o bien no contar el dicho registro, en algunos casos indicaron que podrían pasar a facturar de manera posterior y otros de plano manifestaron que no sabían si quedaría solucionado, incluso en meses posteriores se sabe de estaciones de servicio que siguen sin facturar por la venta de combustibles, quedando desde luego en decisión del comprador adquirir o no el combustible, sabiendo de antemano que no podrá facturar y por ende deducir ni acreditar nada de dicho consumo.

 

Los detalles que se han incorporado al CFDI se dan a conocer por parte del SAT en su portal https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/complementos-de-factura, debiendo que dar claro que  su timbrado hará las validaciones siguientes, que de no pasarlas no podrá timbrarse dicho CFDI;

 

  • Que el número de permiso exista, esté registrado con la nomenclatura correcta y su estatus sea “Operando”.
  • Que el número de permiso permita la actividad de enajenación de Gasolina regular menor a 91 octanos, Gasolina premium mayor o igual a 91 octanos y/o Combustible diésel.
  • Que el RFC emisor sea el mismo que el del titular del permiso registrado.
  • Que la clave de producto y la correspondiente a hidrocarburos y petrolíferos sean iguales entre sí y correspondan con alguna de las siguientes: “15101505 Combustible Diésel”, “15101514 Gasolina regular menor a 91 octanos” o “15101515 Gasolina premium mayor o igual a 91 octanos”.

 

 

Por lo que como consumidores de combustibles, deberemos estar atentos si la estación de servicio no puede facturar pudiera estar teniendo problemas con su registro en la CNE.

 

A manera informativa se comparte el catálogo de permisos que maneja el complemento respectivo;

Atención a lo siguiente si la autoridad detecta una irregularidad o decide suspender el permiso de una gasolinera o distribuidor por razones regulatorias, basta con dar de baja el número de permiso en la lista L_CNE del SAT. En ese instante, la estación de servicio queda financieramente congelada: el PAC rechazará el timbrado de todas sus facturas, impidiéndole vender legalmente un solo litro a clientes que requieran deducir el gasto. Es una clausura virtual inmediata.

 

 

   En PROW GLOBAL nos sumamos a tus equipos internos de asesores para apoyarlos en la actualización constante de la normativa contable, fiscal y atender sus  dudas ante los constantes cambios.

 

Miguel Chamlaty

miguel@prow.global