Evitando Capitales Constitutivos por parte del IMSS.

Facebook
X
WhatsApp
Threads
Telegram

Para el empresario moderno, la seguridad social no debe ser vista como una carga impositiva, sino como una protección; es decir, como un elemento de gestión de riesgos ante imprevistos laborales.

La Ley del Seguro Social vigente establece en su artículo 11, la clasificación de protección que el legislador delega en el patrón y cuya omisión por parte del patrón pueden derivar en la constitución de capital constitutivos que pongan en jaque su estabilidad financiera.

El articulo citado. es un dispositivo normativo que estructura los 5 seguros que integran el régimen obligatorio que debe enterar al instituto Mexicano del Seguro Social, por tener trabajadores a su disposición. Su alcance es totalizador para cualquier relación de trabajo – subordinación. Evite disfrazar o simular.

El mandato inmediato al contratar los servicios de trabajadores, lo obliga a la inscripción y pagos de las siguientes cuotas, para cubrir:

  1. Riesgos de trabajo;
  2. Enfermedades y maternidad;
  • Invalidez y vida;
  1. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y
  2. Guarderías y prestaciones sociales.


Cada apartado, tiene sus propias mecánicas de cálculos de integración, por lo que el conocimiento de la ley es la mejor estrategia de ahorro preventivo.

Por lo tanto, el cumplimiento del artículo citado, asegura la subrogación de obligaciones que cubren los riesgos antes mencionados que usted tiene en materia de seguridad social y que lo liberan de responsabilidades, ante las posibles contingencias que se puedan presentar en sus centros de trabajo, por la relación contractual contraídas con sus trabajadores.

Sin embargo, si un trabajador sufre un accidente y no está inscrito en el seguro social, el patrón asume el costo total de la atención médica e indemnizaciones (Capitales Constitutivos)

En el argot jurídico-fiscal, el Capital Constitutivo es la contingencia que toda empresa debe evitar. No es una simple multa; es la liquidación total de los gastos que el Instituto Mexicano del Seguro Social -IMSS realiza (o realizará) por no haber inscrito a un trabajador o haberlo hecho con un salario inferior al real y busca que el Instituto no sufra un quebranto financiero por la negligencia patronal y garantizar que el trabajador reciba atención medica de primer nivel o más bien le cobraran atención de primer nivel, trasladando el costo íntegro financiero a su cargo.

Consecuencias: Así el capital constitutivo puede ascender a millones de pesos, ya que incluye desde una curación simple hasta el valor actuarial de una pensión vitalicia de viudez u orfandad e impactando considerablemente sus finanzas por un capital constitutivo determinado.

Y para hacerlo efectivo y cobrárselo, el capital constitutivo determinado se considera un crédito fiscal y la autoridad fiscal lo hará efectivo a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)

Recomendación Preventiva para el Empresario: Asegúrese de que el alta de sus trabajadores se realice antes de que inicien labores físicamente. Un incumplimiento puede costar la rentabilidad de su empresa, si ocurre un riesgo de trabajo mortal.

En PROW GLOBAL nos sumaremos a tus equipos contables y legales para fortalecer las estrategias compartidas en el escabroso cumplimiento de obligaciones fiscal en materia de seguridad social.

Ricardo De la Cruz